24/08/03
Como se informara oportunamente, Meridian Gold se hizo titular de un yacimiento de Au y Cu, luego del plebiscito que le dijera NO a la contaminación y al saqueo.
Actualmente, los vecinos de Esquel, se encuentran preocupados por el desarrollo de este nuevo yacimiento, del cual Meridian Gold ya tenia conocimiento (como indican sus mapas) y solo esperaba titularidad.
Si bien la minera extranjera reconoce "errores" (de acuerdo al informe de BSR) y dice no seguir adelante sin remediarlos, redoblará esfuerzos para explotar el Au, Ag y Cu. O sea, no se retiran.
"El perro no larga tan facilmente el hueso, y mas si este tiene carne"...(y vaya si la tiene!)
fuente: diario "Cronica"
(lo resaltado en "negrita" es nuestro)
Inquietados pobladores cordilleranos aluden a otro descubrimiento de yacimiento de oro cerca de Esquel
TRELEW (Agencia).- "La empresa minera "El Desquite" (perteneciente a Meridian Gold, de Canadá) obtuvo la titularidad de otro un nuevo yacimiento de oro y cobre, según se registra en el Boletín Oficial del Chubut con fecha del 6 de agosto pasado Es decir que además de la mina de oro y plata cuya explotación fue rechazada por los esquelenses en la Consulta Popular del 23 de marzo pasado, El Desquite S. A. obtuvo a fines de abril la titularidad de otro yacimiento de oro y cobre diseminado que se ubica a tan sólo 5 kms. de nuestra ciudad", se precisó a Crónica por parte de Pablo Quintana, Jacqueline Araiz, Alejandro Corbeletto y Nora Rodríguez, quienes integran la "Asamblea de Vecinos Autoconvocados" en esa zona cordillerana.
Flexibilización menemista "a favor" de empresas mineras
"La Dirección Provincial de Minería, a través de
una resolución firmada por su director Guillermo Hughes, registró
formalmente el 28 de abril de este año el descubrimiento que le permite a la
empresa minera, luego de presentar una mensura, avanzar para iniciar la
explotación de su nueva mina. Tal como lo permite el Código de Minería de
la Nación "flexibilizado" a favor de las empresas mineras durante
la gestión menemista", se fustigó. "Este nuevo yacimiento está
verdaderamente a las puertas de Esquel y gran parte de sus 1.800 has. de
superficie se encuentran en el valle que desemboca en la laguna Willimanco,
que además es reserva de provisión de agua de la ciudad en temporada
estival. Varios propietarios son abarcados por el yacimiento, aunque sin
derechos sobre el mismo, ya que el Código de Minería los obliga a vender la
titularidad a la minera que lo explote. Entre ellos se encuentra un campo de
propiedad del empresario Mario Vargas, actual candidato a vicegobernador por
el Justicialismo", se citó.
"La población de esta ciudad del oeste chubutense viene resistiendo con
movilizaciones y campañas de difusión la pretensión de desarrollar un
emprendimiento minero vecino al yacimiento recientemente descubierto. Los
vecinos hemos denunciado los problemas de contaminación de las aguas, los
riesgos en la utilización del cianuro, los escombros y desechos tóxicos; así
como también los esquelenses venimos señalando como "saqueadoras"
a las leyes nacionales que benefician a las empresas mineras
extranjeras", se afirmó.
"Para que comprendamos mejor que significa esto del Registro de un
yacimiento en el Catastro Minero de la Dirección de Minas, y más
puntualmente en lo referido a esta nuevo hallazgo de una mina de oro y cobre
en la Portada de acceso a Esquel bajo las garras de El Desquite Meridian Gold:
el registro por sus consecuencias prácticas, es el acto más importante de
todo el proceso que se inicia con la manifestación de descubrimiento de un
yacimiento de mineral. La autoridad ordenando registrar un yacimiento a nombre
de una persona física o jurídica, reconoce a esa persona física o jurídica
como titular del derecho de explotación. Además, el registro importa la
concesión legal de la mina y por lo tanto autoriza a tomar posesión del
terreno, y a iniciar la explotación".
"Los yacimiento minerales pertenecen al dominio privado del Estado
Nacional o Provincial, según el territorio en que se encuentren. Esta
propiedad que el Estado ejerce sobre los yacimientos minerales se relaciona más
con el concepto de soberanía que con el concepto de la propiedad civil de carácter
patrimonial al que estamos más habituados. Nuestro Código de Minería prohíbe
al Estado explotar los yacimientos minerales por lo que la explotación y el
aprovechamiento de los mismos está destinada a los particulares. En este
marco normativo, la concesión legal es la forma a través de la cuál los
particulares adquieren los yacimientos para su explotación, por lo tanto si
el registro importa concesión legal, por carácter transitivo, al ordenar el
registro de un yacimiento se está reconociendo al titular del este yacimiento
como titular del derecho de explotación del mismo. La explotación minera es
considerada de interés público y la industria minera, de utilidad pública,
por lo tanto la propiedad inmueble y las industrias del suelo quedan sujetas a
limitaciones legales para facilitar su desenvolvimiento", se aludió.-
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